miércoles, 21 de enero de 2009

Aparcamiento en Arenal de Morís y en La Espasa

Anuncios de modificación de artículos referentes a la Ordenanza Fiscal Reguladora de los aparcamientos en las playas

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de fecha 30 de diciembre de 2008, acuerda modificar los artículos que se relacionan a continuación referentes a la Ordenanza Fiscal Reguladora de los Aparcamientos en las playas:

Art. 1.—Este Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en los arts. 41 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales establece el presente precio público por el servicio de aparcamiento de vehículos en los parking municipales de la Playa Espasa y Arenal de Morís, que se regirá por la siguiente Ordenanza al objeto de garantizar una adecuada ordenación del tráfico y evitar aglomeraciones turísticas estivales en los accesos rodados cercanos a las playas del Municipio.

Art. 3.—El órgano competente establecerá, cada temporada, la modalidad de gestión, ya sea por gestión externa, mediante un contrato de prestación de servicios, o por gestión directa, mediante la contratación de personal al efecto.

Art. 5.—El horario sujeto a tarifa de aparcamiento se establece de 8 de la mañana a 8 de la tarde.

Art. 6.—El tique que se expida será válido durante el día de su expedición exclusivamente para la playa para la que se expida, sin que ello garantice derecho a plaza en el supuesto de salida y vuelta a entrada en el aparcamiento.

Art. 7.—Las tarifas que se establecen son las siguientes:

Para todo tipo de vehículos:

Tarifa diaria: 2 euros.

Bono mensual por matrícula: 30 euros.

Bono mensual por matrícula para vehículos incluidos en el Padrón del Impuesto de Circulación de Vehículos de Caravia: 10 euros.

La obtención de los tiques mensuales se realizará en las oficinas municipales.

La obtención de los bonos ni garantiza ni reserva la existencia de plaza libre en el aparcamiento.

Art. 9.—Se prohíbe expresamente el estacionamiento de autobuses en los aparcamientos tanto de la Playa Espasa como de la Playa Arenal de Morís.

Art. 10.—En cada aparcamiento se reservarán cinco plazas para uso exclusivo del Ayuntamiento y del personal adscrito a los servicios de las playas, para tareas de inspección, revisión, mantenimiento y servicios. Dichos tiques de reserva serán expedidos exclusivamente por el Ayuntamiento.

El referido expediente se expone al público por un mes, en las oficinas municipales, al objeto de que pueda ser examinada por cualquier persona interesada y presentar las alegaciones que estimen pertinentes.

Caravia, a 30 de diciembre de 2008.—El Alcalde.—148.
Boletín Nº 7 del sábado 10 de enero de 2009

1 comentario:

Anónimo dijo...

Hola fibuleros! os hago llegar, por este medio, el texto que envié el miércoles 21 de enero a Pablo, alcalde de Caravia y cabeza del Pleno. También, puse algo parecido en el libro de visitas de la Fíbula. Una forma de ayudar a la tierra que más quiero ¡Caravia!
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Era hora de observar la necesidad de la existencia de un ordenamiento referente al aparcamiento en los arenales de Moris y la Espasa. Creo que, en el texto del acuerdo del Ayuntamiento, hay un olvido. Qué pasará con los coches que lleguen a la playa de la Beciella?. Este arenal, aunque no tan vistoso como los de La Espasa y Morís tiene, por su situación, gran importancia ecológica e histórica. Deberíamos protegerlo, no es raro encontrarse con coches aparcados casi en el cauce del río Los Romeros, incluso personas limpiando sus coches... No quiero que interpretéis esto como un afán de exclusión, para nada, la naturaleza es un bien para el disfrute de todos pero, ante la falta de respeto, debemos poner medios para protegerla.

Charo Llera